Imprimir
  1. Finalización de la exención del visado de recetas de MUFACE, MUGEJU E ISFAS.
  2. Dispensaciones de recetas privadas tras el Estado de Alarma.
  3. Documento de ISFAS para dispensación de tratamientos crónicos-FIN de su emisión.

 1.   FINALIZACIÓN DE LA EXENCIÓN DEL VISADO DE RECETAS DE MUFACE, MUGEJU E ISFAS

Continuando la información trasladada en la  circular CIM-Facturación nº 83-20 dónde se comunica el fin de la exención de visado en ,MUFACE, ISFAS Y MUGEJU; el Consejo General aclara:

Circular del consejo:  pdf Finalización de la exención del visado de recetas MUFACE, ISFAS, MUGEJU (88 KB)

 

2.        DISPENSACIONES DE RECETAS PRIVADAS TRAS EL ESTADO DE ALARMA.

Sobre los sistemas electrónicos de dispensación de receta privada habilitados con urgencia durante el estado de alarma generado por la COVID-19, EL Consejo aclara:

 “Que dichos sistemas de dispensación de prescripciones privadas (formato papel y electrónico) continuarán estando disponibles para los farmacéuticos desde la finalización del Estado de Alarma, en el bien entendido que para la verificación de la receta formato papel, será necesaria la presentación física de la misma en la farmacia, para proceder a su dispensación y custodia. 

Nota: 

Hasta el 21 de junio del 2020, la receta papel podía llegar en cualquier formato digital a la farmacia, ya fuese foto de whatsapp, mail o fotocopia del original, en estos momentos y en los venideros, es obligatorio que la receta sea la original en formato papel como antes del Estado de Alarma y según el RD 1718/2010.

Con respecto a la receta electrónica privada, el farmacéutico seguirá procediendo de la misma manera que hasta ahora, en el acceso al espacio de la web.” Nota Informativa CIM-Facturación nº 11-20

 

3.        DOCUMENTO DE ISFAS PARA DISPENSACIÓN DE TRATAMIENTOS CRÓNICOS-FIN 

Sobre lo  trasladado en la Nota Informativa CIM-Facturación nº 10-20. Documento dispensación ISFAS el 20-04-20. El Consejo General comunica:

“Con respecto al Documento de Dispensación de medicamentos para tratamientos crónicos también deja de tener efectos a partir de la finalización del Estado de Alarma. En cualquier caso, ya se ha suspendido su emisión, al entenderse que ya no hay dificultades para el acceso a los servicios médicos asignados.”

CORONAVIRUS COVID-19. Toda la información actualizada aquí

CONSULTA SOBRE PROBLEMAS DE SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS COMUNICADOS A LA AGENCIA ESPAÑOLA DEL MEDICAMENTO

Para facilitar el seguimiento de los problemas de suministro y dado que esta información varía de forma continua, se dispone del siguiente listado, publicado por la AEMPS, con los problemas de suministro actuales o previstos que se mantiene actualizado de forma permanente. No se incluyen en el listado aquellas incidencias para las que se espera una rápida solución y por tanto no tendrían repercusión asistencial.

Listado de medicamentos que tienen actualmente problemas de suministro