-        Vacunación frente al sarampión: Nota Informativa de la D. G. de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica.

-        Legalidad de recetas impresas de Sanitas, pero con firma electrónica. Contestación Dirección General de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia.

-        Alerta Medicamentos Veterinarios: Suictine y Promectine.

-       Compendio de normas y directrices europeas relativas a productos cosméticos, para la aplicación del reglamento 1223/2009.

-      Problemas de suministro de medicamentos: Mysoline 250 mg 100 comprimidos; Fucidine 250 mg comprimidos recubiertos con película, 10 comprimidos; Eletriptan Bluefish 40 mg comprimidos recubiertos con película, 4 comprimidos.

 

NOTA INFORMATIVA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Y ORDENACIÓN FARMACÉUTICA, SOBRE VACUNACIÓN FRENTE A SARAMPIÓN

Se remite, Nota Informativa publicada por la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, sobre vacunación frente a sarampión:

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LEGALIDAD DE LAS RECETAS MÉDICAS DE SANITAS (RECETAS PAPEL PERO CON FIRMA ELECTRÓNICA). RESPUESTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SNS Y FARMACIA A LA CONSULTA PLANTEADA POR EL CONSEJO GENERAL.

El Consejo General elevó consulta a la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia sobre el proceso que se está siguiendo por la entidad SANITAS para la firma y emisión de recetas médicas (recetas impresas, pero con firma electrónica).

Para su conocimiento se transcribe la respuesta recientemente remitida por la Dirección General de Cartera Básica del SNS y Farmacia.

 

Mediante correo electrónico de 8 de agosto último, se consulta sobre la legalidad de las recetas emitidas por los facultativos de la compañía aseguradora Sanitas, cuya forma de emisión y firma no permite una adecuada comprobación de la autenticidad de las mismas, al tiempo que posibilita su utilización repetida durante su plazo de validez.

Se trata aquí de determinar si el formato utilizado para la emisión de la receta se ajusta a los criterios de validez que establece el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre Receta médica y órdenes de dispensación. En esta cuestión del formato que pueda revestir la receta, el artículo 3 de esta norma, dispone que pueden expedirse en soporte papel (para cumplimentación manual o informatizada) o en soporte electrónico, sin que sea admisible ningún otro tipo de presentación. En el caso de las recetas objeto de consulta, se trata de recetas impresas, pero con firma electrónica, modalidad mixta ésta no contemplada en la norma indicada. Así las cosas, y dado que las recetas, salvo en lo relativo a la firma que es telemática, se imprimen en papel y en este soporte se entregan para su dispensación en la farmacia, debe concluirse que las mismas se encuadran en la categoría de receta en soporte papel, hallándose sometidas en consecuencia a los requisitos que para las mismas se establecen en el mencionado real decreto. En concreto, ciñéndonos al objeto de esta consulta, por lo que respecta a la garantía de autenticidad, el artículo 4 de esta norma señala que “las recetas médicas en soporte papel (…) se confeccionaran con materiales que impidan o dificulten su falsificación, o mediante la introducción de medidas de seguridad en el sistema que garanticen su autenticidad (…). De otra parte, el artículo 3.2 c) 5º obliga a que en este tipo de recetas la firma sea estampada personalmente por el prescriptor.

La presentación de recetas que no se ajusten a los anteriores requisitos podrá determinar la actuación prevista en el artículo 15.4 del citado Real decreto 1718/2010, a saber, la no dispensación por el farmacéutico de los medicamentos solicitados en la receta con la consiguiente comunicación a la Administración sanitaria competente para el inicio, en su caso de las correspondientes actuaciones sancionadoras.”

 

ALERTA MEDICAMENTOS VETERINARIOS AGENCIA ESPAÑOLA DEL MEDICAMENTO

Alerta por defecto de calidad de medicamentos veterinarios nº VDQ5/2019: Retirada de todas las unidades del lote L-067 de los medicamentos veterinarios Suictine, con número de registro 1638 ESP, y Promectine con número de regis-tro 1475 ESP.

Descripción del problema: Resultado fuera de especificaciones (alcohol bencílico) y fabricación no conforme al procedimiento autorizado.

NOTA INFORMATIVA MEDICAMENTOS VETERINARIOS, DEFECTOS DE CALIDAD: MVET, 12/2019

 

PUBLICACIONES DE LA AGENCIA ESPAÑOLA DEL MEDICAMENTO Y PRODUCTOS SANITARIOS

Compendio de normas y directrices europeas relativas a productos cosméticos, para la aplicación del reglamento 1223/2009, publicado por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).

Descargar aquí

PROBLEMAS DE SUMINISTRO DEL MEDICAMENTO

Problemas de suministro del medicamento MYSOLINE 250 MG 100 COMPRIMIDOS

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha publicado la existencia de problemas de suministro para el medicamento MYSOLINE 250 MG 100 COMPRIMIDOS (CN: 656560). En función de la información disponible, no existen actualmente otras presentaciones de medicamentos comercializadas con la misma dosis y forma farmacéutica.

Según la información publicada por la AEMPS acerca de este problema de suministro, la duración prevista del mismo es entre el 06/09/2019 y el 31/12/2019 y se indica que “existe/n otro/s medicamento/s con los mismos principios activos y para la misma vía de administración”.

Problemas de suministro del medicamento FUCIDINE 250 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELÍCULA, 10 comprimidos

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha publicado la existencia de problemas de suministro para el medicamento FUCIDINE 250 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELÍCULA, 10 COMPRIMIDOS (CN: 6971482).

Según la información publicada por la AEMPS, la duración prevista del problema de suministro para FUCIDINE 250 mg COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELÍCULA, 10 COMPRIMIDOS es hasta el próximo día 30 de septiembre de 2019. Ante la inexistencia de presentaciones con la misma composición, la AEMPS indica que “el médico prescriptor deberá determinar la posibilidad de utilizar otros tratamientos comercializados”.

Problemas de suministro del medicamento ELETRIPTAN BLUEFISH 40 MG COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELÍCULA, 4 comprimidos

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha publicado la existencia de problemas de suministro para el medicamento ELETRIPTAN BLUEFISH 40 MG COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELÍCULA EFG, 4 COMPRIMIDOS (CN: 7202257).

Según la información publicada por la AEMPS, la duración prevista del problema de suministro para ELETRIPTAN BLUEFISH 40 MG COMPRIMIDOS RECUBIERTOS CON PELÍCULA, 4 COMPRIMIDOS es hasta el próximo día 15 de octubre de 2019. Ante la inexistencia de presentaciones con la misma composición, la AEMPS indica que “el médico prescriptor deberá determinar la posibilidad de utilizar otros tratamientos comercializados”.

CONSULTA SOBRE PROBLEMAS DE SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS COMUNICADOS A LA AGENCIA ESPAÑOLA DEL MEDICAMENTO

Para facilitar el seguimiento de los problemas de suministro y dado que esta información varía de forma continua, se dispone del siguiente listado, publicado por la AEMPS, con los problemas de suministro actuales o previstos que se mantiene actualizado de forma permanente. No se incluyen en el listado aquellas incidencias para las que se espera una rápida solución y por tanto no tendrían repercusión asistencial.

Listado de medicamentos que tienen actualmente problemas de suministro

 

PROCEDIMIENTO REGISTRO SEVEM
Puede descargar el documentoaquí

SEVEM: Sistema Español de Verificación de Medicamentos.

En la web del ICOFMA/DEPARTAMENTO/CIM-FACTURACION

Se encuentra toda la información sobre SEVEM para su consulta.

Se recuerda que la fecha de entrada en vigor del Reglamento Delegado (UE) 2016/161 fue el 9 de febrero y, por tanto, es la fecha de entrada en vigor de las obligaciones de verificación por parte de las oficinas de farmacia y del resto de los agentes.

No hay aplazamiento ni moratoria alguna para el cumplimiento de estas obligaciones.

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