• Receta electrónica interoperable europea.
  • Cumplimiento por los colegios de las condiciones de facturación recogidas en el vigente concierto entre MUFACE y Consejo General.
  • Actualización del convenio de tiras reactivas para la determinación de glucosa en sangre.
  • Alerta de control de mercado de productos sanitarios certificado falso marca Prolinx.
  • La AEMPS informa del cese de utilización y retirada del mercado del producto Reflualiv.
  • La AEMPS informa de un posible fallo en la aplicación SmartDrive MX2+ para los relojes PushTracker E2 y E3.
  • Retirada del mercado de dynamic viking-ink, dynamic dark green, tinte para tatuajes.

 

 RECETA ELECTRÓNICA INTEROPERABLE EUROPEA

Desde la Subdirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del SAS, se ha comunicado a este Consejo que se ha dado acceso a la herramienta de Receta Electrónica Interoperable Europea, a través del Módulo de “Receta XXI. Dispensaciones”, a todas las farmacias comunitarias andaluzas.

Ante cualquier duda respecto a su uso, recordamos que la presentación y el vídeo formativo sobre esta nueva funcionalidad incluidos en el siguiente enlace:

https://drive.google.com/drive/folders/12hwFC-45qfN1ptDRmFbXBngPcmxwhQm1?usp=sharing

 

 CUMPLIMIENTO POR LOS COLEGIOS DE LAS CONDICIONES DE FACTURACIÓN RECOGIDAS EN EL VIGENTE CONCIERTO ENTRE MUFACE Y CONSEJO GENERAL

MUFACE ha realizado una revisión exhaustiva de las facturaciones presentadas por los COF en los cuatro primeros meses del año (enero a abril), habiéndose detectado una serie de incidencias.

  • Conviene recordar, en primer lugar, que el sistema de MUFACE permite presentar las recetas dispensadas en el mes que se factura o, en su caso, en los dos meses posteriores. Se trata de una decisión que debe adoptar el farmacéutico. En el mes en que decida facturar, la información que se presente, debe ser coherente y completa.
  • Por tanto, el medicamento o producto que se factura debe estar incluido en el soporte electrónico de facturación. Si no hay coherencia en la información presentada, se incurrirá en la causa de anulación total, con la clave A.12: “Dispensaciones electrónicas facturadas en las que no se haya presentado el correspondiente cupón – precinto y/o los datos de las HCP en ese mismo mes”.
  • Las incidencias detectadas por MUFACE y que presentan una casuística superior entre los COF son las siguientes:

1. La HCP se registró en una facturación anterior. Significa que hay recetas que informan de una HCP que ya se facturó a MUFACE en algún periodo (año-mes) anterior. No se puede volver a facturar nuevamente.

2. No se cumple por la farmacia la norma de formato de HCP.

3. Cupón precinto no geolocalizado. Sucede cuando el cupón precinto que el farmacéutico adhiere en la HCP no se  localiza en la imagen HCP remitida. Es posible que físicamente esté en la HCP, pero no ha sido informado en el fichero.

4. El número de cupones precinto declarado para la HCP excede el máximo. Las HCP tienen un número limitado de huecos (24) para pegar los CP de los medicamentos. Esta incidencia se refiere a que se ha excedido ese número máximo. En estos casos, el farmacéutico deberá adherir los CP sobrantes que no puedan estar en la HCP que tenga abierta, en una segunda HCP.

5. Receta electrónica sin imagen HCP. En este caso, no tiene la imagen HCP que se corresponde con el código HCP de la receta que genera la incidencia.

Algunos de estos errores pueden minimizarse si se procura lo siguiente:

▪ Utilización de las HCP en el formato recogido en el Concierto

▪ Evitar la reutilización de la misma HCP, ya sea por copias que se hayan podido realizar en la farmacia o por fallos del programa informático de la misma. Es importante insistir sobre este hecho a los farmacéuticos, en particular en el cumplimiento de lo recogido en el punto 1.3 del Anexo C del Concierto: “Una vez facturada una HCP, ésta quedará inhabilitada para nuevas dispensaciones, por lo que en ningún caso será posible volver a facturar”.

 

 ACTUALIZACIÓN CONVENIO DE TIRAS REACTIVAS PARA LA DETERMINACIÓN DE GLUCOSA EN SANGRE.

Le informamos que durante el presente mes de junio se ha incorporado al Convenio de tiras reactivas para la determinación de glucosa en sangre entre el CACOF- SAS, el Laboratorio HARMONIUM HEALTHCARE ha entrado en vigor.

A tal efecto se adjunta, pdf cuadro resumen actualizado (198 KB) con todas las tiras facturables al SAS en virtud de dichos Convenios que sean dispensadas desde el pasado 1 de agosto de 2022 hasta la fecha de su vigencia (20 julio de 2026).

 

 ALERTA DE CONTROL DE MERCADO DE PRODUCTOS SANITARIOS CON CERTIFICADO FALSO MARCA PROLINX.

La AEMPS informa sobre la detección de un  pdf certificado de marcado (505 KB) CE falso de la empresa Prolinx GmbH.

 

 LA AEMPS INFORMA DEL CESE DE UTILIZACIÓN Y RETIRADA DEL MERCADO DEL PRODUCTO REFLUALIV, REFLUJO Y ACIDEZ.

La empresa está enviando, a través de su distribuidor en España, una  pdf nota de aviso (353 KB) a las farmacias que disponen del producto afectado, para informarles del problema identificado y de las acciones a seguir para la retirada del producto.

 

LA AEMPS INFORMA DE UN POSIBLE FALLO EN LA APLICACIÓN SMARTDRIVE MX2+ PARA LOS RELOJES PUSHTRACKER E2 Y E3.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) pdf informa (420 KB) , a través del fabricante Max Mobility LLC, Estados Unidos, de un posible fallo en el software de la aplicación SmartDrive MX2+ de los relojes de pulsera Pushtracker E2 y E3. Este fallo afecta a la operatividad de la aplicación, imposibilitando su correcto uso.

 

RETIRADA DEL MERCADO DE DYNAMIC Viking-Ink DYNAMIC DARK GREEN

La AEMPS ha alertado de la  pdf orden de retirada (601 KB) de la tinta para tatuar Viking Ink Black Dynamite por contener en su composición una sustancia prohibida.

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