MUY IMPORTANTE. LECTURA OBLIGADA

ACLARACIONES RESPECTO AL NUEVO JUSTIFICANTE

(continuacion de lo indicado en circular CIM-Facturacion nº 97- 2017)

 

En relación al nuevo modelo de justificante de dispensación de Receta XXI, con entrada en vigor hoy 1 de diciembre de 2017, en respuesta a las consultas recibidas, le indicamos las siguientes especificaciones:

 

Este modelo es único para todas las oficinas de farmacia de Andalucía. Dicho modelo no admite ninguna modificación o particularidad, salvo la opción elegida por cada Colegio de Farmacéuticos de Andalucía respecto a que este incluya dispensaciones de un único paciente o de varios.

NOTA MUY IMPORTANTE:  EN MÁLAGA, EL JUSTIFICANTE SÓLO PODRÁ CONTENER INFORMACIÓN DE UN PACIENTE.  NO SE PODRÁN MEZCLAR DISPENSACIONES DE VARIOS PACIENTES EN LA MISMA HOJA.

Todas aquellas operaciones realizadas sobre Receta XXI-Dispensaciones tienen que ser impresas por las oficinas de farmacia, (Modificacion posterior enviada el 23-1-18: No imrimir justificantes de "NO FINANCIADOS" y "anulaciones de recetas papel", ver circular Cim-facturacion nº 7/2018 )  Estas impresiones deben sumar una hoja en el contador.

SI será posible emitir los documentos probatorios de modo independiente, en cada uno de los diferentes puestos de dispensación que existan en la oficina de farmacia. (Modificacion posterior enviada el 23-1-18, ver circular Cim-facturacion nº 7/2018 )

En el caso de dispensaciones realizadas por un botiquín, el NICA que aparecerá en el documento probatorio será el de la oficina de farmacia de la que depende.

En el caso de dispensaciones de medicamentos que deban anotarse en el Libro Recetario o que contengan sustancias estupefacientes incluidas en las listas I y II de la Convención Única de 1961 de estupefacientes, o sustancias psicotrópicas incluidas en las listas II, III y IV del anexo 1 del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, no hay que incluir el nombre del prescriptor ni el DNI de la persona que retira la medicación, en el documento probatorio.

En ningún caso deben aparecer leyendas del tipo “DESABASTECIMIENTO”, “URGENTE NECESIDAD”, “DEVOLUCIÓN” etc. El motivo de sustitución de una prescripción sólo debe ser consignado en la aplicación de Receta XXI-Dispensaciones, es decir, no se debe escribir ni diligenciar sobre los documentos probatorios, ya que ello dificulta la lectura del mismo. (Modificacion posterior enviada el 23-1-18, ver circular Cim-facturacion nº 7/2018: Se permite la impresión de las leyendas "ANULADAS" o MODIFICACIÓN").

Se permite la impresión del nombre del paciente en las cuadrículas de la izquierda de los documentos, destinadas a los datos de cada dispensación, a fin de facilitar su localización por parte de la farmacia comunitaria, en caso de ser necesario. (Modificacion posterior enviada el 23-1-18, ver circular Cim-facturacion nº 7/2018 )

 

 

Sin eventos
Mayo 2024
L M X J V S D
29 30 1 2 3 4 5
6 7 8 9 10 11 12
13 14 15 16 17 18 19
20 21 22 23 24 25 26
27 28 29 30 31 1 2

Utilizamos cookies propias y de terceros para ofrecerle servicios adecuados a su perfil. La base del tratamiento es el consentimiento, salvo en el caso de cookies técnicas, imprescindibles para poder navegar. Puede consultar los datos de contacto del titular de la web y responsable del tratamiento en el Aviso legal. Haga clic en "ACEPTAR Y SEGUIR" si desea admitir todas las cookies. Puede acceder a nuestra Política de cookies para obtener más información sobre su uso y su gestión en nuestras webs.