El artículo 1 de la Ley 16/1997, de 25 de abril, de regulación de servicios de las oficinas de farmacia, al identificar las funciones propias de las oficinas de farmacia incluye la adquisición, custodia, conservación y dispensación de los medicamentos y productos sanitarios. Por su parte, la propia Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía regula en sus artículos 11 y ss. las funciones y los servicios que prestan las oficinas de farmacia, reconociendo como función propia y primordial la dispensación de medicamentos.

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