• Real Decreto 666/2023. Aclaración autorización de medicamentos de administración exclusiva por el veterinario.
  • Medicamentos análogos del GLP-1 - Priorizar dispensación a pacientes conindicación terapéutica DM2.
  • BENZOSTOPJUNTOS ACTUALIZACIÓN: nota informativa cim-facturación nº 1-2023
  • RECORDATORIO: ÚLTIMA POSIBILIDAD DE CORRECCIONES DE LABOFAR.
  • FarmaHelp: Nuevas funcionalidades para usuarios. Nuevas opciones de configuración de la herramienta.
  • FarmaHelp: Problemas de suministro de medicamentos.

 

 REAL DECRETO 666/2023. ACLARACIÓN AUTORIZACIÓN DE MEDICAMENTOS DE ADMINISTRACIÓN EXCLUSIVA POR EL VETERINARIO.

En relación a las informaciones trasladadas por el ICOFMA acerca del nuevo RD 666/2023, el CONGRAL nos traslada:

 El Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios establece en su art. 4.k) la prohibición de la dispensación al público de medicamentos de administración exclusiva por el veterinario; indicando, no obstante, que el veterinario podrá autorizar a un tercero a recoger el medicamento en su nombre.

A este respecto, desde varios Colegios Oficiales de Farmacéuticos se ha consultado al Consejo General acerca del tipo de autorización que sería necesaria llevar a cabo por un veterinario para, a su vez, autorizar la recogida en su nombre por parte de un tercero de medicamentos calificados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios como de administración exclusiva por el veterinario (AEV), tal y como se recoge en el artículo 4.k) del citado RD 666/2023.

Por parte de este Consejo General se ha dirigido consulta sobre este aspecto tanto a la citada Agencia, como al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), al objeto de que, como autoridades competentes en este ámbito, nos trasladen su criterio al respecto.

Desde ambas instituciones se nos ha informado que, en ausencia de normativa específica al respecto, se considera que deben aplicarse para ese caso las reglas generales de autorización a un tercero, que se concretan en un escrito detallando:

  • Datos de la persona autorizante (el veterinario prescriptor).
  • Datos de la persona autorizada que recogerá en su nombre el medicamento.
  • Alcance concreto de dicha autorización, refiriendo la fecha, el nombre completo del medicamento, la cantidad y la referencia a la hoja de pedido.
  • Aportación de la hoja de pedido como en cualquier otro suministro de medicamentos veterinarios o de uso humano para el botiquín veterinario.
  • Siendo todo ello siempre bajo la responsabilidad del veterinario prescriptor.
  • Añadido a lo anterior, desde el MAPA se nos ha indicado que una representación que conste en escritura elevada a pública también cumpliría dichos requisitos.

Circulares que tratan sobre el RD 666/2023 del 18 de julio:

Circular CIM- Facturación 12-24

Circular CIM-Facturación 95-23

25-07-23. Circular CIM- FACTURACION Nº 70-23

 

MEDICAMENTOS ANÁLOGOS DEL GLP-1 - PRIORIZAR DISPENSACIÓN A PACIENTES CON INDICACIÓN TERAPÉUTICA DM2.

Como continuación de las informaciones trasladas por la AEMPS Circular CIM- FACTURACION 79-23  sobre cómo actuar frente a la falta de suministro de Medicamentos del grupo ATC A10BJ ANALOGOS AL PEPTIDO SIMILAR AL GLUCAGON (GLP-1), y debido a  la situación mantenida de problemas de suministro de estos medicamentos, comunicados por la AEMPS y sin fecha estimada de finalización, os recordamos las recomendaciones dadas por dicha Agencia sobre priorizar su dispensación a pacientes con indicación terapéutica diabetes mellitus tipo 2 (DM2).

                La AEMPS actualiza las recomendaciones para evitar o paliar problemas de suministro con los medicamentos análogos del GLP-1

Nota Informativa ICM (CONT), 08/2023

 

BENZOSTOPJUNTOS ACTUALIZACIÓN: NOTA INFORMATIVA CIM-FACTURACIÓN Nº 1-2023

Próximamente se celebrará una reunión en los CCSS Las Delicias y Nueva Málaga entre médicos, enfermeros y demás profesionales sanitarios implicados en la deshabituación del consumo de benzodiacepinas de los pacientes. Dicha reunión estará coordinada desde el Distrito Málaga-Guadalhorce por el farmacéutico del distrito Jose María Sánchez Díaz y las farmacias de influencia de estos CCSS están convocadas. El aforo es limitado y desde el CIM nos pondremos en contacto con las farmacias de la zona. A la reunión de Nueva Málaga están, además, convocadas las farmacias de influencia del C.S de Miraflores para recuperar la acción del 2023.

Para esta campaña, la consejería ha contado con la Oficina de Farmacia dándole el papel que merece en este tipo de campañas y es una oportunidad para la mejora de la comunicación con otros profesionales de la salud.

ACTUALIZADA A 18-03-2024 NOTA INFORMATIVA CIM-FACTURACIÓN Nº 1-2023

 

RECORDATORIO:  ÚLTIMA POSIBILIDAD DE CORRECCIONES DE LABOFAR.

Como se informó en la Circular CIM-Facturación 25-24:

En relación al procedimiento de notificación anual de movimientos de estupefacientes a través de LABOFAR, desde el Servicio de Farmacia de la Consejería de Salud y Consumo se ha comunicado lo siguiente: 

 “Tras la detección por parte de la AEMPS de repetidas solicitudes de modificación por parte de algunas oficinas de farmacia en Andalucía y, tras valoración de la campaña de declaración de movimientos de estupefacientes de este año, en este Servicio se ha considerado necesario establecer un plazo para que los titulares soliciten las últimas modificaciones, incluida la declaración presentada en enero del presente año. El plazo terminará el próximo día 31 de marzo de 2024. Esto quiere decir que las las hojas de cálculo para corrección de errores que se han estado mandando hasta ahora para la notificación anual no se mandarán más. El año que viene no habrá corrección sobre lo declarado en el 2023 posible y así para el resto de los años."

pdf Circular CACOF Plazo solicitud de modificaciones LABOFAR (31 marzo 2024) 31809 s (203 KB)

Una vez transcurrido ese plazo, las solicitudes de modificación recibidas no podrán ser objeto de anotación en LABOFAR.

Rogamos, por tanto, a todas las oficinas de farmacia, que procedan a revisar minuciosamente las notificaciones realizadas en dicha plataforma, incluida la correspondiente al ejercicio 2023, y que, ante cualquier error detectado, procedan a notificar el mismo al departamento de tu Colegio designado a tal efecto, mediante la cumplimentación del  spreadsheet Excel correción errores otros años LABOFAR (70 KB)  (sin modificar su formato, su orden o su disposición) antes de la citada fecha.

Hacemos especial hincapié a este respecto, pues ninguna solicitud recibida con posterioridad podrá ser atendida y desde el Servicio de Inspección de dicha Consejería se van a comenzar a realizar actuaciones al respecto.

Por favor, volved a revisar que la declaración de LABOFAR para el 2023 no tiene errores.

 

FarmaHelp. NUEVAS FUNCIONALIDADES PARA USUARIOS. NUEVAS OPCIONES DE CONFIGURACIÓN DE LA HERRAMIENTA. PROBLEMAS DE SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS.

El titular de autorización de comercialización TEOFARMA S.R.L., ha informado a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios que tiene problemas de suministro con el medicamento SEPTRIN PEDIATRICO 8 mg/40 mg/ ml SUSPENSION ORAL, 1 frasco de 100 ml (Nº Registro 48671, C.N. 823211), que contiene como principio activo SULFAMETOXAZOL, TRIMETOPRIMA.

El Servicio de Medicamentos en Situaciones Especiales de la AEMPS ha confirmado la importación de medicamento extranjero.

En la Circular CIM-Facturación 1-24, se informó de la nueva funcionalidad del “Super NO”, el día 12 de marzo, se publicó una nueva versión del programa con una mejora en la misma.

 Esta funcionalidad, que permite automatizar la respuesta “No lo tengo” ante repetidas solicitudes de un medicamento concreto cuando no está disponible en la farmacia comunitaria, dará la posibilidad, a partir de esta nueva versión, de marcar periodos de respuesta automática de entre 1 día a 2 semanas, en lugar de las 48 horas que había previamente. No obstante, el valor seleccionado por el usuario podrá ser revertido en cualquier momento, de forma que pueda desactivarlo en caso de recibir el medicamento.

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¿QUÉ HACER ANTE UN DESABASTECIMIENTO? - PROBLEMAS DE SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS. En él se indica los algoritmos y herramientas de las que disponemos para hacer frente al desabastecimiento de medicamentos.

Únete a FARMAHELP rellenando el siguiente formulario para hacer frente al desabastecimiento de medicamentos. https://farmahelp.nodofarma.es/farmacia/create.

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