REGISTRO ANDALUZ DE CENTROS, SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS: LABORATORIO, OPTICA Y ORTOPEDIA
El Decreto 69/2008 de 26 de febrero, por el que se establecen los procedimientos de las Autorizaciones Sanitarias y se crea el Registro Andaluz de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios, establece en la Disposición Transitoria Segunda  que los centros, servicios y establecimientos sanitarios incluidos en el ámbito de este Decreto que, a su entrada en vigor, tengan una antigüedad superior a un año,  dispondrán del plazo de dos años, para solicitar la primera renovación de la autorización sanitaria de funcionamiento.

 Dentro del sector farmacéutico se incluirían: Laboratorios, Ópticas y Ortopedias.

Sentencia nº 6/09 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso 1772/06 interpuesto por la Asociación de experto en ortopedia sanitaria.

Protocolo de evaluación del cumplimiento de los requisitos renovación exigibles a las Ortopedias para la obtención de la  licencia de  fabricación de  productos ortoprotésicos a medida.

Solicitud y documentos necesarios para la renovación de la licencia sanitaria de funcionamiento a los fabricantes de los productos sanitarios a medida.

B.O.J.A. Nº 142 - Decreto 132/2006.- por el que se establecen las condiciones y requisitos de instalación y funcionamiento de las ortopedias.

Don Antonio Romero, Vocal provincial de Ortopedia del Icofma informa sobre los siguientes temas:

El pasado 1 de julio entraron en vigor

  • La Orden SCB/45/2019, de 22 de enero, por la que se modifica el anexo VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, se regula el procedimiento de inclusión, alteración y exclusión de la oferta de productos ortoprotésicos y se determinan los coeficientes de corrección (BOE número 22, de 25 de enero de 2019) y
  • La Orden SCB/480/2019, de 26 de abril, por la que se modifican los anexos I, III y VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, (BOE número 101, de 27 abril de 2019)

No obstante, las Comunidades Autónomas, INGESA, MUFACE, ISFAS y MUGEJU disponen de un plazo de seis meses, a contar desde la entrada en vigor de la orden, es decir, a partir del día 1 de enero de 2020, para adaptar sus respectivas carteras de servicios a lo dispuesto en esta orden y fijar el precio máximo de financiación.

Además, también permite que las Comunidades Autónomas incorporen más productos o que sobrepasen el importe máximo de financiación

Os informamos que desde las Vocalías de Ortopedia del Consejo Andaluz y las provinciales trabajamos para que, tanto en las oficinas de farmacia como en las ortopedias autorizadas, se puedan ofrecer los productores ortoprotésicos que, por su calificación, puedan ser dispensados en cada uno de estos establecimientos.

 

Desde la Vocalía Nacional de Ortopedia del Congral nos envían el segundo protocolo de Actuación Profesional sobre diferentes patrologías relacionadas con la Ortopedia, esta vez dedicado a la CONDROMALACIA ROTULIANA.

La Facultad de Farmacia de la Universidad de Alcalá nos remite información del “Curso de Especialización en Ortopedia para Farmacéuticos” que se celebrará durante los meses de enero a junio de 2.018.

El plazo de inscripción se encuentra abierto hasta el día 20 de noviembre o hasta cubrir las plazas.

La página web de dicho curso es http://www3.uah.es/ortopediaparafarmaceuticos