Actualizado a 16-11-2023

 

El CACOF ha enviado una comunicación del Servicio Andaluz de Salud, en la que se informa a de la prohibición de la prescripción de los medicamentos CLONAZEPAM y ALPRAZOLAM en recetas oficiales del SAS, en soporte papel, a partir del 1 de diciembre de 2023; así como de la NO admisión de su facturación partir del día 1 de enero de 2024.

“Debido al significativo aumento en el uso fraudulento de los medicamentos CLONAZEPAM y ALPRAZOLAM, mediante la sustracción o robo de talonarios oficiales de recetas en soporte papel y falsificación de este tipo de recetas, le informo que, se ha acordado y comunicado a todos los Centros del Servicio Andaluz de Salud (SAS), la prohibición de la prescripción de los citados medicamentos en recetas oficiales del SAS, en soporte papel, a partir del 1 de diciembre de 2023.A partir del día 1 de enero de 2024, no se admitirá facturaciones de recetas oficiales del SAS, en formato papel, prescritas con los principios activos CLONAZEPAM y ALPRAZOLAM.”

pdf Comunicación del SAS Prohibición Recetas Manuales CLONAZEPAM y ALPRAZOLAM (248 KB)

Aclaraciones:

  • La nota se refiere SOLO  a recetas oficiales del SAS, en formato papel, prescritas con los principios activos (o medicamentos por marca) CLONAZEPAM y ALPRAZOLAM.
  • La prohibición de la prescripción de los citados medicamentos en recetas oficiales del SAS, en soporte papel, (es para los médicos) a partir del 1 de diciembre de 2023.
  • La nota se refiere a recetas oficiales del SAS (no afecta a las recetas de papel procedentes de otras comunidades)

Debido a la importancia de este asunto, recordamos que cuando se dude de la autenticidad de una receta médica, es lícito no dispensarla según lo dice de forma clara el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación:

Artículo 15. Actuaciones del farmacéutico de oficina de farmacia en la dispensación.

4. El farmacéutico, cuando surjan dudas razonables sobre la autenticidad o validez de la receta médica presentada, no dispensará los medicamentos solicitados por los pacientes o usuarios, salvo que pueda comprobar la legitimidad de la prescripción, en caso contrario, lo pondrá en conocimiento de la Administración sanitaria que resulte competente a efectos de determinar la existencia de posibles infracciones administrativas o penales.

Afortunadamente contamos con el servicio de verificación de recetas privadas en formato papel (SERVEP) para verificar la legitimidad de la prescripción. Circular CIM-Facturación nº 41-20.

Aún no es obligatorio dispensar todas las recetas por este sistema, pero es un medio perfectamente válido y oficial para comprobar la legitimidad de la receta. 

Se recuerda que, desde el 21 de junio, fin del Estado de Alarma, ya no son válidas las imágenes de las recetas, el paciente debe presentar la receta original de papel para su dispensación y posterior custodia por la OF. de farmacia.

 Toda esta información y más sobre receta falsa de rivotril en CIM/RECETAS FRAUDULENTAS DE RIVOTRIL