Como continuación de la 25-07-23. Circular CIM- FACTURACION Nº 70-23adjuntamos información de interés sobre el nuevo Real Decreto 666/2023 por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios, realizado por la Dirección de Asesoría Jurídica del Consejo General, se informa que el pasado día 22 de enero de 2024 finalizó el plazo de 6 meses establecido en la Disposición Transitoria segunda para cumplir las obligaciones establecidas en el capítulo IV sobre dispensación y venta de medicamentos que no estuvieran ya en vigor y contemplados en el Real Decreto 109/1995.

Entre estas obligaciones, se incluye la necesidad de llevar un registro informatizado para cada transacción de entrada o de salida de medicamentos veterinarios, incluyendo la siguiente información:

  • Fecha de transacción.
  • Nombre del medicamento, incluida la forma farmacéutica, y el código nacional.
  • Número de lote.
  • Cantidad recibida o dispensada, incluyendo el tamaño del envase y el número de envases.
  • Nombre o razón social, dirección permanente o domicilio social del proveedor y número de autorización.

En el caso de medicamentos sujetos a prescripción, además:

  • Nombre, número de colegiado y teléfono o correo electrónico profesional de contacto del veterinario prescriptor y, en su caso, una copia de la prescripción veterinaria.
  • Número y fecha de la receta.
  • Código REGA de la explotación de destino en el caso de explotaciones de especies de animales de producción, o razón social y dirección del destinatario para el resto de los casos.

El Consejo General se ha puesto en contacto con las diferentes empresas informáticas de programas de gestión, para conocer si este registro está disponible desde dichos programas y se nos ha trasladado que están adaptados para recoger esta información. En cualquier caso, se ruega que cualquier incidencia que pudiera ser detectada en este sentido en alguno de los programas, se nos traslade para poder realizar indicaciones adicionales.

Adjuntamos infografías del CACOF relativas al Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios (BOE núm. 172, de 20 de julio de 2023) que el Gabinete de Comunicación del CACOF ha diseñado a instancia de los Centros de Información del Medicamento de los ocho Colegios Farmacéuticos andaluces, ya que en la última reunión conjunta organizada por el CACOF en Sevilla trasladaron el amplio número de consultas que estaban recibiendo de las farmacias andaluzas.

Estando ya plenamente vigente el Real Decreto, esperamos que esta información sirva para aclarar la situación actual, sobre todo respecto a la obligatoriedad de llevar un registro informatizado para cada transacción de entrada/salida de todos los medicamentos veterinarios (con o sin prescripción). Nos consta que varias empresas de programas de gestión de oficinas de farmacia han incluido ya dicho registro entre sus funcionalidades.

iNFOGRAFÍA QUE ACONSEJAMOS DESCARGAR SOBRE EL RD 666/2023:

 pdfInfografía CACOF Medicamentos Veterinarios 1 (1) (214 KB)

 pdfInfografía CACOF Medicamentos Veterinarios 2 (1) (212 KB)

 pdfInfografía CACOF Medicamentos Veterinarios 3 (1) (216 KB)