El servicio de dispensación a pacientes de otra comunidad está ya funcionando correctamente.

Desde el STIC del SAS nos comunican que:

Se ha comprobado que ya es posible realizar la búsqueda de pacientes a través de receta interoperabilidad y que el resto de comunidades pueden recuperar las dispensaciones de pacientes andaluces.

  1. Continúan los problemas  para dispensar por interoperabilidad a otras comunidades debido a una "no respuesta" del NODO del Ministerio. Desde el STI nos informan que están trabajando en ello.
  2. La caída de RXXI (SAS-Andalucía) del día de ayer ya está solucionada y el servicio funciona con normalidad, por lo que se ha deshabilitado "caída masiva".

 

Existen problemas generalizados al intentar dispensar a otras comunidades, ya ha sido puesto en conocimiento del STI del SAS.

 

Desde el servicio de farmacia de Hospiten, Estepona nos comunican que las recetas emitidas a las pacientes que responden a las iniciales L.P.G y F. G. D. L. R dónde está prescrito el psicótropo Noctamid gotas, solo o junto a otros medicamentos como Toseína son recetas falsificadas. En estas recetas aparecen dos doctores diferentes en cada tipo, uno de la especialidad de pediatra y el otro de cirugía general.

Son recetas privadas de este Hospital.

Se recuerda que en las recetas privadas ha de venir prescrito un único medicamento y que se debe anotar el DNI de la PERSONA QUE RETIRA el medicamento. Aunque vaya escrito en la receta el D.NI del paciente, el DNI DE LA PERSONA QUE LO RETIRA SE TIENE QUE APUNTAR. Y comprobar su identidad con la foto del documento.

Alerta Farmacéutica R_19/2019

La Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios comunica la retirada del mercado de todas las unidades distribuidas del lote 11072/10/42 fecha de caducidad 03/2021 del principio activo farmacéutico Omeprazol de Ph.Eur. Farma- Química Sur S.L.

Descripción del defecto: Resultado fuera de especificaciones en el ensayo de identidad.

Se ruega que para evitar abuso en unas prescripciónes de rivotril, en recetas del SAS del regimen general, prescritas por la Dra. Dª Nuria Jorge Puerto para la paciente R.M.M., con código de receta CA9542391166 o terminada en números cercanos, consulte en el CIM la posibilidad o no de su dispensación.

Nº alerta: R_17/2019 (CONSULTAR EN PDF)

Retirada del mercado de todas las unidades distribuidas de los lotes 19187409 y 19191406 y devolución al laboratorio por los cauces habituales.

 Descripción del defecto: Posible orificio en la parte superior de algunas botellas de los lotes afectados

 

Buenas tardes:

Respecto al expediente de Alerta SCIRI relativo a la presencia de lactosa (0.0207%) en leche infantil sin lactosa en aplicación de una nota interpretativa de AECOSAN del año 2015, en la que se concluía que, a título general, debía utilizarse la mención sin lactosa para contenidos inferiores a 0.01%, según nueva comunicación de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, y tras conversación con la Comunidad de Madrid, que es donde está ubicada la empresa responsable de la comercialización del producto, y no sin ciertas discrepancias, se ha llegado a la conclusión que a este producto le sería de aplicación el límite establecido en el Real Decreto 867/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria específica de los preparados para lactantes y de los preparados de continuación, es decir, 10 mg de lactosa por cada 100 Kcal, a pesar de ser menos restrictivo de lo establecido en esa Nota de AECOSAN, y sin perjuicio de las dudas que surgen de la aplicabilidad o no en este caso particular del artículo 9.2 del REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2016/127 DE LA COMISIÓN de 25 de septiembre de 2015 que complementa el Reglamento (UE) nº 609/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los requisitos específicos de composición e información aplicables a los preparados para lactantes y preparados de continuación, así como a los requisitos de información sobre los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad que será de aplicación obligatoria desde febrero de 2021 o 2020 según si están elaborados con proteínas hidrolizadas o no respectivamente.

La Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica solicita que sean retirados de la venta a la mayor brevedad posible todos los envases del Lote: 907296 del producto ALMIRÓN SIN LACTOSA 400 g por tener presencia de lactosa por encima del límite permitido de 0,01%.

Queremos aclarar que por error hemos estado informando que la undécima subasta caducaba el 28 de julio 2019, cuando en realidad le corresponde en septiembre 2019.En su momento, se enviará circular informando adecuadamente. Rogamos que disculpen las molestias.